Beneficio de emergencias por gastos funerarios
El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) informa a la población. La existencia del beneficio de emergencias por gastos funerarios, pago de transporte para traslado del cuerpo del centro médico a su zona residencia dentro del país y pago de acta de defunción sí esta se requiere; a familias en situación de pobreza o pobreza extrema, que enfrentan un deceso de un pariente en el sistema hospitalario o extra hospitalario por COVID-19.
Existen dos tipos de procesos, uno por «fallecimiento hospitalario» que se presenta cuando la persona fallece en el centro médico. Por lo que la familia afectada debe reportar la necesidad de apoyo ante el personal de Trabajo Social del hospital, quienes se comunican con el IMAS.
El segundo proceso es el «fallecimiento extrahospitalario» que se presenta cuando cuando se registra un deceso relacionado por COVID-19 en el hogar. En en ese caso, la familia llama al 1322 para reportar y solicitar el apoyo. Los representantes de la central telefónica contactan al IMAS para informar sobre el requerimiento y ponerlos en contacto con la familia necesitada.
El acta defunción puede ser gestionada mediante el apoyo del IMAS o en colaboración con el Colegio de Médicos y Cirujanos quienes también donan dicho documento para las personas en vulnerabilidad.