Condenan a Ministro por violar libertad de expresión
Por mayoría, la Sala Constitucional falló a favor de un recurso de amparo interpuesto por el ingeniero químico Rolando Araya Monge. Anulando así una orden sanitaria interpuesta por el Ministerio de Salud.
El órgano constitucional hizo énfasis en el resguardo de la libertad de expresión, derecho que Salud intentó cercenar en el caso de Araya.
“La Sala subraya que la libertad de expresión resulta esencial para el sostenimiento de la democracia. Por ende, configura un aspecto cardinal de nuestro sistema político, por lo que toda restricción a ella no solo debe tener un adecuado fundamento jurídico-positivo (tanto en la normativa interna como en la convencional), sino que, además, la autoridad competente se encuentra obligada a acreditar plenamente el sustento fáctico sobre el cual se basa”. Subrayó el ente garante de las libertades constitucionales del país.
Mediante la orden sanitaria MS-DRPIS-UNC-2001-2020 del 30 de julio de 2020. El ministro de Salud Daniel Salas ordenó a Araya eliminar unos videos de sus páginas de Facebook relacionados con el clorito de sodio y el Covid-19. Así como abstenerse de dar declaraciones sobre medicamentos no registrados.
Araya celebró además que los magistrados hayan hecho una defensa a la libertad de expresión y como una garantía para que los ciudadanos se puedan expresar libremente, especialmente en temas tan importantes como la salud y la vida humana.
Asimismo, lamentó que en el manejo de la pandemia las autoridades han cometido muchos errores y abusos de libertades.
“Uno de esos errores ha sido la ausencia total de interés científico por dilucidar la verdad en torno al dióxido de cloro”, finalizó Araya.
La Sala Constitucional por mayoría resuelve a favor a Araya. Condena la acción de Salud y del ministro Salas por coartar la libertad de expresión.